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Oposiciones Guardia Civil Salamanca

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Los opositores que quieran formar parte del Cuerpo de la Guardia Civil tienen a su disposición todo lo necesario, para conseguir su ilusión, te ofrecemos una preparación completa de todas las pruebas que necesitar superar, enseñanza personalizada, temario propio totalmente actualizado, preguntas de examen de la última convocatoria para que te sirvan como punto de referencia, además de un amplio abanico de simulacros, mínimo de cada tema 100 preguntas tipo test.

Dispones también de plataforma ON-LINE, a través de la cual podrás visualizar las clases impartidas, te podrás conectar en directo a las mismas, practicar y evaluar tus conocimientos haciendo las pruebas de exámenes de corrección automática que podrás repetir cuantas veces te convenga. Ser Guardia Civil, ahora lo tienes más fácil.

Las ventajas de opositar al Cuerpo de la Guardia Civil son las sucesivas convocatorias anuales ininterrumpidas desde 2012 hasta 2022. Este año la tasa de reposición será del 125% y en años anteriores era solo del 115% en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tanto del Estado, Autonómicas como locales.

Los datos estadísticos afirman que más de la mitad de los funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen más de 55 años, según datos del INE. Esta situación provoca que con certeza en los próximos años se seguirán convocando amplias ofertas para seguir alimentando a estos cuerpos.

Para este año el Real Decreto 409/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil para el año 2022 se autoriza la convocatoria de 1.671 plazas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil. Del total de plazas convocadas para ingreso directo en la Escala de Cabos y Guardias, autorizadas se reservan 669 a los militares profesionales de tropa y marinería que lleven al menos cinco años de servicios efectivos como tales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.4 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y marinería; y 175 plazas para los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes.

Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería y a los alumnos del Colegio de Guardias Jóvenes, mencionadas en el párrafo anterior, que no sean cubiertas por cualquier motivo, se acumularán al cupo de plazas libres.

En academia cid te preparamos para las oposiciones guardia civil salamanca iniciando todos los años en el mes de septiembre la preparación de nuevos grupos en horario de mañana y de tarde con unos precios que no te supondrán un impedimento para conseguir una plaza como agente de la guardia civil.

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Ponemos a tu disposición tres tipos de formación: presencial, semipresencial y online.

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Te ayudaremos a conseguir tu sueño.

Normativas reguladoras Oposición a Guardia Civil.

Bases y convocatoria:

Resolución de fecha 28 de julio de 2023, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil (BOE núm. 195, de 16 de julio de 2023).

MÁS INFO

Temario oposiciones a Guardia Civil

Consta de 25 temas.

BLOQUE ÚNICO. DERECHOS HUMANOS.

  • Carta de las Naciones Unidas, Órganos.
  • Declaración Universal de Derechos Humanos.
  • Convenio europeo para la protección de los derechos y de las libertades fundamentales: Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
  • Carta Social Europea.
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
  • Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos.
  • Consejo de Derechos Humanos de la ONU.
  • Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, de la Asamblea General de Naciones Unidas.
  • Protocolo facultativo de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, de la Asamblea General de Naciones Unidas.
  • Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
  • Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
  • Ley Orgánica 18/2003 de 10 de diciembre de Cooperación con la Corte Penal Internacional.
  • Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo, aprobado por las Mesas del Congreso y del Senado, a propuesta del Defensor del Pueblo, en su reunión conjunta de 6 de abril de 1983.
    • V. Consejo Asesor del Mecanismo Nacional de Prevención de Tortura.

BLOQUE ÚNICO. LEY ORGÁNICA 3/2007, DE 22 DE MARZO, PARA LA IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES.

  • TÍTULO I. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.
  • TÍTULO II. Políticas públicas para la igualdad.
    • CAPÍTULO I. Principios generales.
  • TÍTULO III: Igualdad y medios de comunicación.
  • TÍTULO IV. El derecho al trabajo en igualdad de oportunidades.
  • TÍTULO V. El principio de igualdad en el empleo público.
  • TÍTULO VI. Igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios y su suministro.
  • TÍTULO VII: La igualdad en la responsabilidad social de las empresas.
  • TÍTULO VIII. Disposiciones organizativas.

Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

  • CAPÍTULO I. Objeto, ámbito de aplicación y definiciones
  • CAPÍTULO II. Política en materia de prevención de riesgos para proteger la seguridad y la salud en el trabajo.
  • CAPÍTULO III. Derechos y obligaciones
  • CAPÍTULO VI. Obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores.
  • CAPÍTULO VII. Responsabilidades y sanciones.

Real Decreto 67/2010 de adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la Administración General del Estado.

Real Decreto 179/2005, sobre prevención de Riesgos laborales en la Guardia Civil.

BLOQUE 1. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978.

BLOQUE 2. LEY ORGÁNICA 3/1981, DE 6 DE ABRIL, DEL DEFENSOR DEL PUEBLO.

  • TÍTULO I: Nombramiento, cese y condiciones.
  • TÍTULO II: Del Procedimiento.
  • TÍTULO III: De las resoluciones.
  • Disposición Final Única: Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.

BLOQUE 3. ley orgánica 1/1982 de 5 de mayo sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

BLOQUE 1. TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA.

  • TÍTULO I. Disposiciones comunes.
  • TÍTULO II. Disposiciones sobre los principios democráticos.
  • TÍTULO III. Disposiciones sobre las instituciones.
  • TÍTULO IV: Disposiciones sobre las cooperaciones reforzadas.
  • TÍTULO V. Disposiciones generales relativas a la acción exterior de la unión y disposiciones específicas relativas a la política exterior y de seguridad común.
    • CAPÍTULO 2. Sección 2. Disposiciones sobre la política común de Seguridad y Defensa.
  • TÍTULO VI. Disposiciones finales.

BLOQUE 2. TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA.

PRIMERA PARTE: Principios.

SEGUNDA PARTE: No discriminación y ciudadanía de la Unión.

TERCERA PARTE: Políticas y acciones internas de la Unión.

  • TÍTULO I: Mercado interior.
  • TÍTULO II: Libre circulación de mercancías.
  • TÍTULO IV: Libre circulación de personas, servicios y capitales.
  • TÍTULO V: Espacio de libertad, seguridad y justicia.
  • TÍTULO XX Medio ambiente.
  • TÍTULO XXIII: Protección Civil.

QUINTA PARTE: Asociación Exterior de la Unión.

  • TÍTULO III: Cooperación con terceros países y ayuda humanitaria.
  • TÍTULO VII: Cláusula de solidaridad.

SEXTA PARTE: Disposiciones institucionales y financieras.

  • TÍTULO I: Disposiciones institucionales.
    • CAPÍTULO I: Instituciones.
      § Sección 1ª: El Parlamento Europeo.
      § Sección 2ª: El Consejo Europeo.
      § Sección 3ª: El Consejo.
      § Sección 4ª: La Comisión.
      § Sección 5ª: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
    • CAPÍTULO II: Actos jurídicos de la Unión, procedimientos de adopción y otras disposiciones.
      § Sección 1ª: Actos jurídicos de la Unión.
    • CAPÍTULO III. Órganos consultivos de la Unión.
      § SÉPTIMA PARTE: Disposiciones generales y finales.

BLOQUE ÚNICO. INSTITUCIONES INTERNACIONALES (EVOLUCIÓN HISTÓRICA, ÁMBITO GEOGRÁFICO, ESTRUCTURA Y FUNCIONES).

  • Organización de las Naciones Unidas (ONU).
  • El Consejo de Europa.
  • Unión Europea.
  • La Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN o NATO).
  • INTERPOL.
  • EUROPOL.
  • EUROJUST.
  • FRONTEX.
  • CEPOL.
  • FAO.
  •  FMI.
  •  OMS.

BLOQUE ÚNICO. REAL DECRETO DE 24 DE JULIO DE 1889 POR EL QUE SE PUBLICA EL CÓDIGO CIVIL:

  • TÍTULO Preliminar.
  • LIBRO I: De las Personas.
    • TÍTULOS de I al XII.

BLOQUE ÚNICO. LEY ORGÁNICA 10/1995, DE 23 DE NOVIEMBRE, DEL CÓDIGO PENAL.

TÍTULO Preliminar.

  • LIBRO I. Disposiciones generales sobre los delitos, las personas
    responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal.

    • TÍTULO I. De la infracción penal.
    • TÍTULO II. De las personas criminalmente responsables de los delitos.
    • TÍTULO III: De las penas.
      o CAPÍTULO I: De las penas, sus clases y efectos.
    • TÍTULO IV. De las medidas de seguridad.
    • TÍTULO V: De la responsabilidad civil derivada de los delitos y de las costas procesales.
      CAPÍTULO I: De la responsabilidad civil y su extensión.
      CAPÍTULO II: De las personas civilmente responsables.
    • TÍTULO VII: De la extinción de la responsabilidad criminal y sus efectos.
  • LIBRO II. Delitos y sus penas.• TÍTULO I: Del homicidio y sus formas.
    • TÍTULO III: De las lesiones.
    • TÍTULO VI: Delitos contra la libertad.
    • TÍTULO VII: De las torturas y otros delitos contra la integridad moral.
    • TÍTULO VII bis: De la trata de seres humanos.
    • TÍTULO VIII: Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.
    • TÍTULO XII: Delitos contra las relaciones familiares.
    CAPÍTULO I: De los matrimonios ilegales.
    CAPÍTULO II: De la suposición de parto y de la alteración de la paternidad, estado
    o condición del menor.
    • TÍTULO XIX. Delitos contra la Administración Pública.
    • TÍTULO XXI. Delitos contra la Constitución.
    • TÍTULO XXIV: Delitos contra la Comunidad Internacional.

BLOQUE 1. REAL DECRETO DE 14 DE SEPTIEMBRE DE 1882, APROBATORIO DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL.

LIBRO I. Disposiciones generales.

  • TÍTULO II. De la competencia de los Jueces y Tribunales en lo criminal.
    • CAPÍTULO I. De las reglas por donde se determina la competencia
  • TÍTULO IV. De las personas a quienes corresponde el ejercicio de las acciones que nacen de los delitos y faltas.
  • TÍTULO V. Derecho a la defensa, a la asistencia jurídica gratuita y a la traducción e interpretación en los juicios criminales.

LIBRO II. Del sumario.

  • TÍTULO I. De la denuncia.
  • TÍTULO II. De la querella.
  • TÍTULO III. De la Policía judicial
  • TÍTULO IV. De la instrucción.
  • TÍTULO V. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente.
  • TÍTULO VI. De la citación, de la detención y de la prisión provisional.
    • CAPÍTULO II. De la detención.
    • CAPÍTULO IV. Del ejercicio del derecho de defensa, de la asistencia de abogado y del tratamiento de los detenidos y presos.
  • TÍTULO VIII. De las medidas de investigación limitativas de los derechos reconocidos en el artículo 18 de la Constitución.
    • CAPÍTULO I. De la entrada y registro en lugar cerrado.
    • CAPÍTULO II. Del registro de libros y papeles.
    • CAPÍTULO III. De la detención y apertura de la correspondencia escrita y telegráfica.

BLOQUE 2.LEY ORGÁNICA 6/1984, DE 24 DE MAYO, REGULADORA DEL PROCEDIMIENTO DE “HABEAS CORPUS”.

BLOQUE 3. LEY ORGÁNICA 6/1985, DE 1 DE JULIO, DEL PODER JUDICIAL.

LIBRO I. De la extensión y límites de la jurisdicción y de la planta y organización de los Juzgados y Tribunales.

  • TÍTULO IV. De la composición y atribuciones de los órganos jurisdiccionales.

LIBRO VII.- Del Ministerio Fiscal y demás personas e instituciones que cooperan con la Administración de Justicia.

  • TÍTULO I. Del Ministerio Fiscal.
  • TÍTULO II. De los Abogados, Procuradores y Graduados Sociales.
  • TÍTULO III.- De la Policía Judicial.

BLOQUE 4. REAL DECRETO 769/1987, DE 19 DE JUNIO, SOBRE REGULACIÓN DE LA POLICÍA JUDICIAL.

  • CAPÍTULO I. De la función de la Policía Judicial.
  • CAPÍTULO II. De las Unidades de la Policía Judicial.
  • CAPÍTULO III. De los criterios y normas de actuación de las Unidades Orgánicas de la Policía Judicial.

Bloque 5. Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.

BLOQUE 1. LEY 39/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

  • TÍTULO Preliminar.- Disposiciones generales.
  • TÍTULO I.- De los interesados en el procedimiento.
  • TÍTULO II.- De la actividad de las Administraciones Públicas
  • TÍTULO III.- De los actos administrativos completo.
    • CAPÍTULO I.- Requisitos de los actos administrativos.
  • TÍTULO IV: De las disposiciones del procedimiento administrativo común.
  • TÍTULO V: De la revisión de los actos en vía administrativa (recursos).

BLOQUE 2. LEY 40/2015, DE 1 DE OCTUBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DEL SECTOR PÚBLICO.

  • TÍTULO Preliminar. De las disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público.
  • TÍTULO I. Administración General del Estado.
  • Disposición Final 3º. Modificación de la Ley 50/97, de 27 de noviembre, del Gobierno.
  • TÍTULO III: Relaciones interadministrativas.
     Disposición Final 3ª. Modificación de la Ley 50/97, de 27 de noviembre, del Gobierno.

BLOQUE ÚNICO. LEY ORGÁNICA 3/2018, DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

Del TÍTULO I al TÍTULO VIII (ambos inclusive).

BLOQUE ÚNICO. LEY ORGÁNICA 4/2000, DE 11 DE ENERO, SOBRE DERECHOS Y LIBERTADESE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA Y SU INTEGRACIÓN SOCIAL.

BLOQUE 1. LEY ORGÁNICA 4/2015, DE 30 DE MARZO, DE PROTECCIÓN DE LA SEGURIDAD CIUDADANA.

  • CAPÍTULO I. Disposiciones generales.
  • CAPÍTULO II. Documentación e identificación personal.
  • CAPÍTULO III. Actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana.
  • CAPÍTULO IV. Potestades especiales de policía administrativa de seguridad.
  • CAPÍTULO V. Régimen sancionador.
    o Bloque 2. Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
    § TÍTULO Preliminar. Disposiciones generales.
    § TÍTULO I. Coordinación.
    § TÍTULO II. Empresas de seguridad privada y despachos de detective privados.
    § TÍTULO III. Personal de seguridad privada.
    § TÍTULO IV: Servicios y medidas de seguridad.
    § TÍTULO V. Control administrativo.

 

BLOQUE 1. ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.

BLOQUE 2. ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DE DEFENSA.

BLOQUE 1. LEY ORGÁNICA 2/1986, DE 13 DE MARZO, DE FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD.

BLOQUE 2. LEY ORGÁNICA 29/2014, DE 28 DE NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN DEL PERSONAL DEL CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL.

  • TÍTULO Preliminar. Disposiciones Generales.
  • TÍTULO I. Competencias en materia de personal.
  • TÍTULO II. Ordenación del personal.

BLOQUE 3. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS SERVICIOS CENTRALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL.

BLOQUE 4. HISTORIA DE LA GUARDIA CIVIL.

  • Los inicios del siglo XIX, la fundación, la consolidación, sexenio revolucionario, la restauración monárquica.
  • El reinado de Alfonso XIII, la segunda República, la Guerra Civil, el franquismo, la transición y la democracia.

Bloque 5. Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil.

BLOQUE 1. LEY 17/2015, DE 9 DE JULIO, DEL SISTEMA NACIONAL DE PROTECCIÓN CIVIL.

  • TÍTULO I. Disposiciones generales.
  • TÍTULO II. Actuaciones del SNPC.
  • TÍTULO III: Los Recursos Humanos del SNPC.
  • TÍTULO IV. Competencias de los órganos de la Administración General del Estado.
  • TÍTULO V. Cooperación y coordinación.

BLOQUE 2. LEY 42/2007, DE 13 DE DICIEMBRE, DEL PATRIMONIO NATURAL Y DE LA BIODIVERSIDAD.

  • TÍTULO Preliminar.
  • TÍTULO II. Catalogación, conservación y restauración de hábitats y espacios del patrimonio natural
  • TÍTULO III. Conservación de la biodiversidad.
  • TÍTULO IV. Uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad.

BLOQUE 3. DIRECTIVA 2012/27/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 25 DE OCTUBRE DE 2012, RELATIVA A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA:

  • CAPÍTULO I. Objeto, ámbito de aplicación, definiciones y objetivos de eficiencia energética.
  • CAPÍTULO II. Eficiencia del uso de la energía.

BLOQUE 1. SISTEMAS DE TELECOMUNICACIONES:

Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones

  • TÍTULO I. Disposiciones generales.
  • TÍTULO III. CAPÍTULO III. Salvaguardia de derechos fundamentales, secreto de las
    comunicaciones y protección de los datos personales y derechos y obligaciones de
    carácter público vinculados con las redes y servicios de comunicaciones electrónicas.

Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

  • CAPÍTULO I. Objeto y ámbito de aplicación.
  •  CAPÍTULO III. Modelo de gobernanza en el ámbito de las tecnologías de la información y
    las comunicaciones.

Bloque 2. Técnicas criptográficas y Mecanismos de firma digital.

Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos
de confianza.
o TÍTULO I. Disposiciones Generales.
o TÍTULO II. Certificados Electrónicos.
o TÍTULO III. Obligaciones y responsabilidad de los prestadores de servicios electrónicos de confianza.
o Disposición adicional tercera. Documento nacional de identidad y sus certificados
electrónicos.

Bloque 3. Principios y recomendaciones básicas en Ciberseguridad del CCN-CERT.

Principios y recomendaciones básicas en Ciberseguridad del CCNCERT.
Factores de amenaza. La Internet Profunda. Aplicaciones.
Navegación Segura. Correo electrónico. Virtualización.
Seguridad en Dispositivos móviles y redes inalámbricas.
Mensajería Instantánea, Redes Sociales. Internet de las cosas (IoT).

Bloque 4. Sistemas de Información.

Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.

BLOQUE ÚNICO. TOPOGRAFÍA.

Elementos geográficos: Eje terrestre, polos, meridiano, paralelo, ecuador, puntos cardinales, coordenadas geográficas, acimut y rumbo.

Unidades geométricas de medida: Unidades lineales, escalas numérica y gráfica, unidades angulares.

Representación del terreno: Planimetría y altimetría, clases de terreno, accidentes del terreno, sistema de planos acotados, pendiente entre dos puntos.

  • Bloque 1. Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre la prevención del delito y tratamiento del delincuente (La Habana, del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990).
  • Bloque 2. Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el código de conducta del personal de la Guardia Civil.

Bloque único. Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.

o Bloque único. Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Mecanismos de protección integral contra la
violencia de género.

o Bloque 1. Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
o Bloque 2. Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.

o Bloque 1. Represión del contrabando.
 Ley Orgánica 12/1995 de 12 de diciembre, de represión del contrabando.
 Real Decreto 1649/1998, de 24 de julio, por la que se desarrolla el Título II de la Ley Orgánica
12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando, relativo a las infracciones administrativas de contrabando.
o Bloque 2. Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión.
 TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
• CAPÍTULO 1. Ámbito de aplicación de la legislación aduanera, misión de las aduanas y definiciones.
• CAPÍTULO 2. Derechos y obligaciones de las personas en el marco de la legislación
aduanera.
o Sección 1. Suministro de información.
o Sección 2. Representación aduanera.
 TÍTULO III. VALOR EN ADUANA DE LAS MERCANCÍAS.
• CAPÍTULO 1. Origen de la deuda aduanera.
o Sección 1. Deuda aduanera de importación.
o Sección 2. Deuda aduanera de exportación.
 TÍTULO VI. DESPACHO A LIBRE PRÁCTICA Y EXENCIÓN DE DERECHOS DE IMPORTACIÓN.
• CAPÍTULO 1. Despacho a libre práctica.
• CAPÍTULO 2. Exención de derechos de importación.

Bloque único. Prueba de comprensión escrita y ortografía sobre un texto en inglés, de acuerdo al programa de ESO descrito en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, junto con sus modificaciones posteriores.

Bloque único. Prueba de comprensión escrita y ortografía sobre un texto en inglés, de acuerdo al programa de ESO descrito en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, junto con sus modificaciones posteriores.

o Bloque 1. Prueba de ortografía, en la que el opositor debe discernir entre las formas correctas e incorrectas de las expresiones que se le planteen.
o Bloque 2. Prueba de gramática, sobre aspectos morfológicos y sintácticos, en la que el opositor debe discernir entre las formas correctas e incorrectas de las expresiones que se le planteen.

Bloque único. Prueba de comprensión escrita y ortografía sobre un texto en inglés, de acuerdo al programa de ESO descrito en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, junto con sus modificaciones posteriores.

Requisitos Oposiciones a Guardia Civil.

Según la legislación vigente Requisitos que deben reunir los aspirantes los aspirantes deberán reunir, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias y mantener durante el proceso selectivo y los periodos de formación, los siguientes requisitos:

  • Poseer la nacionalidad española.
  • No estar privado de los derechos civiles.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
  • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
  • Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad en el año 2023. A estos efectos se entiende que reúne dicha condición el aspirante que cumpla 18 años durante el año 2023, aunque su incorporación a la escala quedará supeditada a tener cumplida esa edad.
  • No superar durante el año 2023 la edad de cuarenta (40) años, entendiéndose por ello no haber cumplido, ni cumplir durante el año 2023 la edad de 41 años.
  • Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en esta convocatoria.
  • Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:
    • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
    • Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
    • Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
    • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
    • Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
  • No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, o en los párrafos d) y e) del artículo 48.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
  • No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
  • No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, del Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
  • Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
  • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
  • Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, o cualesquiera otros contenidos vedados por la ley. Se permitirán, cuando no estén incursos en las prohibiciones anteriores, los tatuajes o parte de los mismos que sean visibles vistiendo el uniforme de uso general de la Guardia Civil.

Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.

Comprobación de requisitos. Si desde la publicación de la lista definitiva de admitidos a las pruebas hasta la fecha de publicación de los propuestos como alumnos se tuviera conocimiento de que cualquiera de los participantes en el proceso selectivo no reúne, o pierde alguno de los requisitos establecidos en la presente convocatoria, el Tribunal de Selección acordará su exclusión mediante resolución motivada y anulará todas sus actuaciones, perdiendo los derechos o expectativas derivadas de su condición inicial de aspirante.

Exclusiones médicas oposiciones a Guardia Civil.

Cuadro médico de exclusiones

Para la aplicación de cualquier apartado del cuadro médico de exclusiones se considerarán las siguientes situaciones como motivos de exclusión, que deberán motivarse de forma individual por informe técnico emitido por el servicio médico correspondiente:

  1. Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los periodos de formación adecuadamente.
  2. Procesos en los que se prevea que en un futuro pudieran impedir el desempeño pleno de las funciones propias del servicio o puedan suponer una insuficiencia de condiciones psicofísicas de carácter permanente.

Además, la determinación de las condiciones psicofísicas del cuadro médico de exclusiones estará adaptada a la evidencia científica en el momento de la convocatoria, sujeto al dictamen del órgano facultativo correspondiente y sin perjuicio de la superación de las pruebas selectivas en cada caso. Para ello se aplicará el correspondiente cuestionario de salud y se realizarán todas las exploraciones necesarias entre las que se incluyen analítica de sangre y orina con detección de sustancias psicotrópicas o drogas, y de alcohol cuando así se establezca.

Pruebas a realizar Oposiciones Guardia Civil.

Constará de las siguientes pruebas:

  • Conocimientos teórico-prácticos.

El tiempo de esta prueba será de ciento cuarenta (140) minutos, durante el que se realizarán, sin solución de continuidad, las siguientes pruebas:

  1. Ortografía:Consistirá en la realización de un ejercicio con diez frases numeradas del uno al diez, en las que se han subrayado cuatro palabras en cada frase con las letras A, B, C y D, debiendo señalar las palabras que presenten una falta ortográfica; además se contestará una frase con cuatro (4) palabras de reserva subrayadas del mismo modo. Las palabras de reserva, solamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario. Se considera respuesta errónea, tanto dejar de marcar una palabra con falta de ortografía como marcar una que es correcta.

Esta prueba se evaluará como «apto» o «no apto«. Serán declarados «no aptos» aquellos admitidos a las pruebas que tengan once (11) o más respuestas erróneas y quedarán excluidos del proceso selectivo.

  1. Conocimientos generales:Consistirá en la contestación a un cuestionario de cien (100) preguntas tipo test, extraídas del «Temario”; además se contestarán las cinco (5) preguntas de reserva que figuran en el cuestionario. Las preguntas de reserva solamente serán valoradas en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuestionario. Se calificará de cero (0) a cien (100) puntos; debiendo alcanzar una puntuación mínima de cincuenta (50) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán apartados del proceso selectivo.
  2. Lengua inglesa:Consistirá en la contestación a un cuestionario de veinte (20) preguntas tipo test sobre el idioma inglés con un nivel compatible con los contenidos contemplados para la Educación Secundaria Obligatoria en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria y del Bachillerato; además contestarán una (1) pregunta de reserva que figura en el cuestionario. La pregunta de reserva solamente será valorada en el caso de que el Tribunal de Selección anule alguna de las anteriores. Esta prueba se valorará de cero (0) a veinte (20) puntos; para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de ocho (8) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán excluidos del proceso selectivo.

En las pruebas de conocimientos y de lengua inglesa, cada pregunta tiene una única respuesta válida; en el caso de que el aspirante considere correctas varias opciones, deberá señalar la más completa. Las preguntas contestadas incorrectamente tienen penalización. No se penalizará la pregunta no contestada.

  • Psicotécnica:

Consistirá en la evaluación de habilidades cognitivas que reflejen la habilidad mental general y variables de personalidad para explorar la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas, tanto del periodo académico como alumno de un centro de formación, como de su futura adaptación al desempeño profesional. Constará de dos partes:

  1. Aptitudes intelectuales:Se evaluarán mediante la aplicación de test de inteligencia general y/o escalas específicas que midan la capacidad de aprendizaje, análisis, razonamiento y potencial cognitivo. La batería se compondrá de ochenta preguntas y el tiempo total para la ejecución de la prueba que incluye el dedicado a la lectura de instrucciones será de cincuenta y cinco (55) minutos. Cada pregunta tiene una única respuesta válida; en el caso de que el aspirante considere correctas varias opciones, deberá señalar la más completa. Las preguntas contestadas incorrectamente tienen penalización. No se penalizará la pregunta no contestada.
  2. Perfil de personalidad:Se evaluarán mediante test que exploren las características de personalidad, aptitudinales y motivacionales.

 

Los resultados de la prueba psicotécnica aplicada podrán ser tenidos en cuenta para determinar la adecuación del candidato al perfil profesional de la Guardia Civil.

Esta prueba se valorará de cero (0) a treinta (30) puntos, de acuerdo con las puntuaciones obtenidas en los test aplicados; para superarla será necesario alcanzar una puntuación mínima de once (11) puntos, siendo declarados «no aptos» quienes no alcancen dicha puntuación mínima, que quedarán excluidos del proceso selectivo.

  • Aptitud psicofísica, que a su vez se dividirá en tres apartados:
  1. Pruebas físicas:Consistirá en la realización de los ejercicios físicos descritos en cada convocatoria, donde se determinan las marcas mínimas a superar en cada uno de ellos.
  2. Entrevista personal:Consistirá en la evaluación de la capacidad de los aspirantes para adecuarse a las exigencias derivadas del desempeño profesional. Asimismo, contrastará y ampliará los resultados de las pruebas psicotécnicas y permitirá valorar que el candidato presenta, en grado adecuado, las competencias y cualidades necesarias para superar el período académico y poder desempeñar los cometidos y responsabilidades que le sean encomendados con su incorporación a la Escala de Cabos y Guardias.
    El Jefe de la Jefatura de Enseñanza establecerá, previamente, los criterios que se seguirán para valorar las competencias y cualidades siguientes:

    • Adecuación a normas y valores institucionales.
    • Responsabilidad/madurez.
    • Motivación.
    • Autocontrol.
    • Habilidades sociales y de comunicación.
    • Adaptación.

La prueba de entrevista personal se constituye en prueba independiente del resto. Con anterioridad a su realización se cumplimentará un cuestionario de información biográfica «BIODATA» el cual no tendrá carácter puntuable, sirviendo, únicamente, como elemento de apoyo para la realización de la misma, del mismo modo que la vida laboral que se deberá aportar en la fecha de citación para la ejecución de la entrevista.
Los datos obtenidos en la prueba psicotécnica podrán ser utilizados instrumentalmente en la valoración de la entrevista personal. En ningún caso el resultado de la entrevista personal vendrá condicionado o vinculado de modo exclusivo al perfil de personalidad, ya que constituye un elemento previo para que el Tribunal pueda orientar, si lo estima conveniente, el contenido de la misma.

  1. c. Reconocimiento médico:

Consistirá en un examen médico realizado por los facultativos designados al efecto con la finalidad de comprobar la adecuación de los aspirantes a las exigencias establecidas en el cuadro médico de exclusiones del Anexo I de la Orden PCI/155/2019, de 19 de febrero, modificada por Orden PCM/521/2021, de 27 de mayo.

Salvo que lo determne el Tribunal de Selección, en ningún caso, se permitirá el uso de diccionarios, libros, apuntes, calculadoras o cualquier otro tipo de ayudas. Además, está prohibida la entrada en el aula de examen y en las de entrevistas personales con teléfonos móviles o con cualquier dispositivo que permita la grabación, reproducción, transmisión o recepción de datos, imágenes o sonidos. El incumplimiento de esta norma llevará consigo la exclusión del aspirante del proceso de selección y la pérdida de los derechos de examen.

Consistirá en la valoración de los méritos académicos y profesionales aportados por el aspirante. Se calificará de acuerdo con las puntuaciones y valoraciones de los méritos establecidos en cada convocatoria.

Solamente se considerarán aquellos méritos que figura en la convocatoria, que se hayan alegado en la inscripción telemática y que se posean en el plazo de presentación de solicitudes.

La valoración de la puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso será como máximo de cuarenta y cinco (45) puntos.

PRUEBAS FÍSICAS GUARDIA CIVIL.

La aptitud psicofísica se acreditará mediante la realización de PRUEBAS FÍSICAS:

Para la realización de los ejercicios de estas pruebas, los admitidos irán provistos de atuendo deportivo acorde con el tipo de ejercicios a realizar. Antes del inicio de los mismos entregarán al Tribunal de Selección Certificado Médico Oficial expedido dentro de los veinte (20) días anteriores en el que se haga constar expresamente «que el aspirante se encuentra capacitado físicamente para la realización de las pruebas físicas consistentes en los ejercicios de: velocidad (carrera de 60 metros); resistencia muscular (carrera de 2000 metros); fuerza extensora de brazos y natación (50 metros) sin que ello suponga un riesgo para su salud»,  o bien la ficha médica de la Inspección General de Sanidad de la Defensa, sobre «Reconocimientos médicos para la realización de pruebas físicas». En ningún caso, en dicha ficha médica debe constar una fecha previa a la publicación de la convocatoria y si esta fecha es más de veinte días anterior a la de las pruebas, deberá ir acompañada de una declaración del interesado donde se especifique que no ha padecido ningún proceso patológico desde la realización del reconocimiento hasta el momento de realizar las pruebas físicas.

La no presentación de cualquiera de los documentos citados supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

Las pruebas físicas se encuentra reguladas en la Orden PCI/362/2019, de 20 de marzo, por la que se regula la realización de pruebas físicas en la Guardia Civil, la cual ha sido modificada recientemente por la Orden PCM/286/2023, de 23 de marzo, por la que se regula el currículo de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil mediante la forma de ingreso por acceso directo con titulación universitaria previa y las titulaciones que permiten el ingreso.

La nueva redacción de la norma sustituye la prueba de velocidad por la prueba de coordinación,

  • Prueba de resistencia muscular(R2): Carrera de 2.000 metros lisos. La salida se realizará en pie. Dicha distancia se cubrirá en tiempo no superior a los expresados en la tabla. Un único intento.
  • Coordinación (C1). Con respecto a la nueva prueba de coordinación (C1) consistiría en el recorrido que figura en el gráfico recogido en el Anexo de la norma. Con salida de pie, detrás de la línea de partida, se deberá realizar el recorrido, siendo nulo todo intento en el que se derribe o desplace alguno de los banderines o vallas que lo delimitan, o se equivoque en el mismo.
  • Prueba de potencia del tren superior (extensiones de brazos) (P3): Consistirá en la realización de extensiones de brazos desde la posición de tierra inclinada. Colocará las palmas de las manos en el suelo manteniendo los brazos perpendiculares al suelo y con la anchura de los hombros. Desde esta posición se realizarán todas las flexiones-extensiones de brazos sin detención, teniendo en cuenta que se contabilizará como efectuada una flexión-extensión cuando se toque con la barbilla en el suelo y se vuelva a la posición de partida, manteniendo en todo momento la cabeza, hombros, espalda y piernas en prolongación y no tomándose como válida toda flexión-extensión de brazo que no sea simultánea o en la que se apoye en el suelo parte distinta de la barbilla, punta de los pies y manos. La zona de contacto de la barbilla con el suelo podrá almohadillarse con un grosor máximo de 6 centímetros.
    Durante el ejercicio se permite un descanso, en cualquier momento, siempre que este se realice en posición de tierra inclinada hacia delante, sin poderse realizar movimientos o separar las partes del cuerpo en contacto con el suelo.
    El número de flexiones-extensiones que se realicen no será inferior a los expresados en la tabla. Se permitirán dos intentos espaciados para permitir la recuperación del ejecutante.
  • Prueba de soltura acuática (O1): Consistirá en completar 50 metros de natación estilo libre en piscina en un tiempo no superior a los expresados en la tabla. No se permitirá el contacto con cualquiera de los elementos que delimiten la calle, salvo el imprescindible para realizar el viraje cuando este sea necesario. Un único intento.

 

Prueba Sexo < de 35 años ≥ de 35 años y < de 40 años ≥ de 40 años
Velocidad (V2). H 10,00 s. 10,30 s. 10,80 s.
M 11,20 s. 11,50 s. 12,50 s.
Resistencia (R2). H 9 m, 25 s. 9 m, 48 s. 10 m, 33 s.
M 11 m, 14 s. 11 m, 35 s. 12 m, 49 s.
Potencia tren superior (P3). H 16. 16. 14.
M 11. 11. 9.
Soltura acuática (O1). H 70 s. 71 s. 73 s.
M 81 s. 83 s. 88 s.

La calificación de los ejercicios físicos será de «apto» o «no apto». Se calificarán como «no apto» aquellos que no logren superar todos los ejercicios físicos descritos anteriormente. Los calificados «no apto» serán excluidos del proceso selectivo en el momento de no superar alguno de ellos.

NOTICIAS GUARDIA CIVIL

El 29 de Mayo de 2023 se publico en el BOE la nulidad de la exclusión médica por usar lentes fáquicas para el acceso a la Guardia Civil. La consecuencia es que en la convocatoria del año 2023 y en la siguientes, los aspirantes a entrar en el Instituto Armado no podrán ser excluidos por tener implantadas lentes intraoculares.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regula el uso general del uniforme de la Guardia Civil. Por primera vez se autoriza que los tatuajes sean visibles vistiendo el uniforme, siempre que no contengan expresiones contrarias a los valores constitucionales, que atenten contra la disciplina o la imagen del Instituto Armado. Se podrá aplicar ya a los procesos selectivos 2021/2022 para el ingreso en el cuerpo.

En este Real Decreto se dispone claramente que se permiten los tatuajes «tanto los que sean visibiles como los que no sean visibles (permanentes o temporales) salvo que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, o cualesquiera otros contenidos vedados por la ley».

La Resolución 160/38338/2023, de 28 de julio, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil. dispone en su base  2.1.15 Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de la Guardia Civil en cualquiera de sus formas, o cualesquiera otros contenidos vedados por la ley. Se permitirán, cuando no estén incursos en las prohibiciones anteriores, los tatuajes o parte de los mismos que sean visibles vistiendo el uniforme de uso general de la Guardia Civil.

Además, el mismo decreto hace referencia a la prohibición las argollas, espigas, inserciones, automutilaciones, pegatinas, dilataciones y similares, así como los implantes microdermales o subcutáneos y perforaciones distintas a las destinadas para el uso de pendientes, cuando sean visibles al vestir las prendas comunes para el personal masculino y femenino del uniforme de la Guardia Civil en sus diferentes tipos y modalidades de uso general de acuerdo a la normativa que lo regula.

En la entrevista personal querrán saber cuál es el significado de tu tatuaje, qué im-plica y cuáles han sido los motivos. Las limitaciones de los tatuajes en la Policía Nacional están más relacionadas con cuestiones ideológicas que con criterios esté-ticos. Entre otras, es posible que os hagan algunas de estas preguntas:

¿Por qué llevas ese tatuaje?
¿Por qué te lo hiciste?
¿Qué significa para ti el tatuaje que llevas?
¿Qué quieres transmitir con tu tatuaje?
¿Alguna vez has visto a un agente de la ley con tatuajes?
¿Crees que los policías deben llevar tatuajes?

Es recomendable que lleves tus respuestas preparadas. respuestas preparadas a estas preguntas y otras parecidas. Seguramente, querrán saber más sobre vuestros tatuajes. Piensa buenos argumentos para exponer tus motivaciones y justificar por qué este tatuaje no afectará a vuestro desempeño como policías.

En 2022, la letra U será la que marque el orden alfabético de actuación de los aspirantes. De esta forma, aquellos opositores cuyo primer apellido empiece por la letra U serán los primeros en ser llamados en la convocatoria.

Este miércoles 4 de mayo se ha realizado el sorteo de la letra que determina el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de las convocatorias públicas de empleo de 2022. Se ha celebrado a las 11:00 horas en la sede de la Secretaría General de Función Pública del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

¿A qué oposiciones afecta la letra U?

El sorteo público marca el orden de intervención de los opositores en los procesos selectivos de la Administración General del Estado durante todo el año. Entre ellos, se encuentran las siguientes oposiciones:

Cabe recordar que este orden de actuación afecta a las oposiciones de ámbito estatal. En el caso de procesos selectivos autonómicos y locales, pueden acogerse a este mismo orden o realizar su propio sorteo. En cada convocatoria se especifica a qué sorteo se acoge la misma.

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