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LA NUEVA REGULACIÓN DE LOS TATUAJES EN LA GUARDIA CIVIL

LA NUEVA REGULACIÓN DE LOS TATUAJES EN LA GUARDIA CIVIL

Actualizado: octubre de 2026. Este artículo es de 2019 y recogía el borrador de normas de uniformidad que se debatía entonces. Hoy la regla es otra: los tatuajes visibles con el uniforme están permitidos, siempre que su contenido no esté entre los prohibidos.

Tatuajes en la Guardia Civil: qué dice la norma vigente

El Real Decreto 967/2021, de 8 de noviembre, por el que se regula el uso general del uniforme de la Guardia Civil, fija las reglas para quienes visten el uniforme. Prohíbe los tatuajes con expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, a las autoridades o a las virtudes militares, y permite los demás tatuajes aunque se vean con el uniforme de uso general.

El mismo real decreto prohíbe, cuando se vean con el uniforme, las argollas, espigas, inserciones, automutilaciones, pegatinas, dilataciones y similares, los implantes microdermales o subcutáneos y las perforaciones distintas de las de los pendientes.

¿Puedo opositar a Guardia Civil con tatuajes?

Sí, salvo que el contenido del tatuaje esté entre los prohibidos. La convocatoria de 2026 recoge esta misma regla como requisito para los aspirantes (base 2.1.15): hay que carecer de tatuajes contrarios a los valores constitucionales, a las autoridades o a las virtudes militares, y se permiten los que se vean con el uniforme de uso general si no incurren en esas prohibiciones. Tienes el resto de condiciones en nuestra guía de requisitos de Guardia Civil: edad, altura y titulación.

Lo que planteaba el borrador de 2019

La nueva regulación de los tatuajes en la Guardia Civil, también establece cómo deben maquillarse las mujeres, cómo tienen que llevar las uñas tanto ellas como ellos, delimita el tipo de accesorios que pueden vestir los funcionarios así como el peinado y el tipo de barba y bigote permitidos para los hombres, entre otros aspectos. En relación a los tatuajes, específicamente la norma prohíbe los que «contengan figuras, expresiones o dibujos contrarios a los valores constitucionales y las virtudes militares, atenten contra la disciplina, la imagen de la Guardia Civil y las autoridades del Estado, supongan un desdoro para el uniforme, comprometan la neutralidad política o sindical, inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico, religioso y reflejen motivos obscenos o cualesquiera otros vedados por la ley».

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Por otro lado, el borrador autorizaba el resto, aunque obliga a que no sean visibles cuando los agentes visten de uniforme. A quienes porten los primeros en la actualidad, les obliga a «eliminarlos de forma permanente» en menos de tres meses, así como a hacer una «declaración jurada» de los que tienen en este momento y el lugar en el que están, con el fin de que puedan acreditar que se los hicieron antes de la norma. A los que tengan los tatuajes ‘legales’, les ordena «ocultarlos o retirarlos» cuando los funcionarios están de servicio, ya sea mediante apósitos o vendas del color de la piel o del uniforme como a través de maquillaje.

Esa obligación de taparlos no se mantuvo: con el Real Decreto 967/2021, los tatuajes permitidos pueden verse con el uniforme de uso general.

Asimismo, la propuesta prohíbe «las argollas, espigas, inserciones, pegatinas, perforaciones microdermales o subcutáneas, automutilaciones, dilataciones y similares que pudieran ser visibles» cuando los funcionarios visten el uniforme. Tampoco se podrían llevar, según el citado borrador, accesorios «que impidan el correcto uso del uniforme, cuelguen del mismo, imposibiliten el desarrollo de los cometidos asignados o contengan lemas, símbolos o imágenes de carácter reivindicativo discriminatorio, que inciten al odio o que atenten contra la neutralidad política o sindical de los miembros de la Guardia Civil». En concreto, señala, «se prohíben collares, alfileres, prendedores, diademas u otros elementos ajenos a las condecoraciones».

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¿Qué accesorios sí podrían llevar los guardias? «Un reloj que no exceda el ancho completo de la muñeca; dos anillos o aros engarzados en los dedos, siempre que no sean ostentosos; pendientes; mochilas de dotación oficial; gafas, o una pulsera o esclava que no cuelgue», establece el texto, que ahora tendrá que ser reelaborado por la Dirección General en colaboración con las asociaciones y que en esta primera versión limitaba también los pendientes a los hombres y establecía que estos fueran «de una sola pieza, sin partes móviles» y con un tamaño nunca superior al lóbulo de la oreja. Las gafas, continúa el texto, deben ser «discretas, tanto por la forma de su montura como en su color». Las lentes de contacto, «transparentes» y siempre del color natural del iris.

El maquillaje de las mujeres, según la propuesta, debe tener «tonalidades suaves». «No destacará por su color sobre la propia piel», subraya la propuesta, que prohíbe a los hombres utilizar este recurso estético salvo «por prescripción médica». En la misma línea, las uñas de los hombres «no sobrepasarán el borde del dedo» y en ningún caso estarán coloreadas. Las de las mujeres podrán tener «una longitud máxima de tres milímetros» desde el borde del dedo. «Podrán llevar esmalte de color transparente o similar al color de los labios» y todas de manera uniforme.

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Los hombres, por su parte, si no llevan bigote, perilla ni barba, deben estar «perfectamente afeitados«. «Para poder dejarse bigote, la barba completa o perilla, se esperará a su crecimiento durante los periodos en los que no se preste servicio», establece el texto, que delimita hasta el tipo de bigotes o perillas. Estas últimas deben ser «simétricas», «con el bigote cubriendo el mentón en su totalidad y en las mismas condiciones que la barba completa, y su anchura no será mayor que la del bigote». La barba permitida, por su parte, «será completa e incluirá el bigote, se llevará recortada y arreglada de manera uniforme con una longitud máxima de tres centímetros de espesor y no descenderá del medio cuello (nuez)». Por último, el bigote «no descenderá de las comisuras de los labios por sus bordes laterales sin sobrepasarlas y sus guías no alcanzarán un desarrollo mayor de un centímetro». Además, el bigote no puede unirse a las patillas.

Si vas a presentarte a las oposiciones de Guardia Civil en Salamanca, revisa siempre las normas de la convocatoria a la que te presentes. Y si estás empezando, tienes las fases y un plan de estudio en nuestra guía para preparar la oposición de Guardia Civil.