Exclusiones médicas funcionario de prisiones: cuadro oficial
Actualizado: octubre de 2026.
Exclusiones médicas funcionario de prisiones, en pocas palabras: el cuadro oficial es el anexo III de la convocatoria de 2026 y declara no apto, entre otras causas, a quien tenga una vista binocular con gafas inferior a 0,8, un IMC menor de 18 o mayor de 34, ciertas pérdidas de audición o drogas detectables en la analítica. Se comprueba en el segundo ejercicio.
El error típico es dejar el cuadro médico para el final. Muchos opositores solo leen el anexo III cuando ya han aprobado el examen escrito, o se fían del cuadro de otro cuerpo, como el de la Policía Nacional, que fija otros límites. Léelo antes de empezar y, si algún apartado te genera dudas, consulta con tu médico.
Exclusiones médicas de funcionario de prisiones en la convocatoria de 2026
Dónde se publica el cuadro y qué valor tiene
El cuadro forma parte de la Resolución de 14 de junio de 2026, de la Subsecretaría del Interior, publicada en el BOE del 18 de junio, que convoca 1.050 plazas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias por acceso libre. El Ministerio del Interior reproduce el mismo cuadro en la página del proceso, pero el texto que manda es el del BOE.
El anexo III no es orientativo: es la norma que aplica el tribunal. Está adaptado al Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, publicado por la Orden PCI/154/2019, que parte de no excluir a nadie por el mero diagnóstico de una enfermedad. La valoración la hace el personal médico que designa el tribunal, y este artículo no sustituye a una consulta con tu médico.
Los doce apartados de un vistazo
El anexo III ordena las causas de exclusión en doce apartados, por aparatos y sistemas. La tabla los resume: las cifras son las del BOE, pero la redacción de cada causa está abreviada. Si un apartado te afecta, lee el texto completo de la convocatoria y llévalo a tu médico.
| Apartado | Qué puede excluir (resumen) |
|---|---|
| I. Visión | Agudeza visual por debajo de los mínimos y enfermedades como el glaucoma |
| II. Audición | Sordera completa o pérdida permanente por encima de 35 o 45 dB, según la frecuencia |
| III. Aparato locomotor | Limitación permanente del movimiento, escoliosis con limitación importante y hernia discal |
| IV. Endocrino | IMC inferior a 18 o superior a 34 y enfermedades endocrino-metabólicas que impidan las tareas |
| V. Aparato digestivo | Cirrosis hepática, enfermedad inflamatoria intestinal crónica y pancreatitis crónica |
| VI. Aparato urinario | Insuficiencia renal crónica |
| VII. Aparato cardiovascular | Insuficiencia cardiaca, infarto o coronariopatía previos, ciertas arritmias, valvulopatías y aneurismas |
| VIII. Aparato respiratorio | Enfermedades pulmonares con repercusión en la función respiratoria |
| IX. Sistema nervioso central | Parkinson, temblores crónicos, epilepsia, esclerosis múltiple y ataxia |
| X. Alteraciones psiquiátricas | Esquizofrenia, trastorno bipolar, depresión mayor y otros trastornos |
| XI. Controles analíticos | Alcohol en grado de abuso y drogas detectables en la analítica |
| XII. Otras causas | Hemopatías graves, malformaciones congénitas u otras patologías que impidan las tareas |
Vista y oído: los valores mínimos del cuadro
Agudeza visual mínima con y sin gafas
La visión es el apartado que más dudas genera, porque fija tres límites y tienes que cumplir los tres. Dos se miden sin gafas ni lentillas y el tercero, con tu corrección habitual. Según el apartado I del anexo III, no se considera apta a la persona que presente alguno de estos valores:
- Agudeza visual binocular sin gafas ni lentillas menor de 0,33.
- Agudeza visual sin gafas ni lentillas menor de 0,2 en el ojo que peor ve.
- Agudeza visual binocular con gafas o lentillas menor de 0,8.
Llevar gafas, por tanto, no te excluye, pero tampoco basta con ver bien con ellas: sin corrección también hay un mínimo. El cuadro usa la escala decimal de agudeza visual y no menciona dioptrías. Si no conoces tus valores, pídelos en tu próxima revisión oftalmológica.
Además, el apartado I excluye varias enfermedades oculares: desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria, diplopía, estrabismo, glaucoma, hemianopsia, subluxación del cristalino, afaquia, distrofia corneal con disminución de la agudeza visual, queratitis crónica y hemeralopia, más otras que impidan el trabajo, previa propuesta individualizada del servicio médico.
Audición: el límite en decibelios
El apartado II excluye la sordera completa de ambos oídos y la sordera incompleta permanente que, en el oído que peor oye, suponga una pérdida mayor de 35 decibelios entre 1.000 y 3.000 hercios, o mayor de 45 decibelios a 4.000 hercios. Si tienes una prueba de audición reciente, compárala con estos límites y, ante cualquier duda, consulta con tu médico.
IMC y aparato locomotor en el cuadro médico de prisiones
IMC máximo y mínimo para prisiones
El apartado IV, endocrino, excluye la delgadez extrema con un IMC inferior a 18 y la obesidad con un IMC superior a 34. También excluye las enfermedades del sistema endocrino-metabólico que impidan desempeñar las tareas del Cuerpo, previa propuesta individualizada del servicio médico. No hay estatura mínima: la convocatoria no exige talla ni pruebas físicas.
El IMC es el peso en kilos dividido entre la estatura en metros elevada al cuadrado. Es la fórmula que recoge, por ejemplo, el Real Decreto 326/2021 para la Policía Nacional, que allí fija otro margen, de 18 a 28. Con los límites de prisiones, el peso que mantiene el IMC entre 18 y 34 es, de forma aproximada:
- Con 1,60 m: entre unos 46,1 y 87 kg.
- Con 1,70 m: entre unos 52 y 98,3 kg.
- Con 1,80 m: entre unos 58,3 y 110,2 kg.
- Con 1,90 m: entre unos 65 y 122,7 kg.
Son cálculos aritméticos, no un criterio del tribunal: el peso y la estatura los mide el personal médico el día del reconocimiento, y es ese personal el que valora el resultado. Si estás cerca de alguno de los dos límites, coméntalo con tu médico con tiempo.
Articulaciones, columna y hernia discal
El apartado III, aparato locomotor, excluye las malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan de forma permanente el libre movimiento de cualquier articulación, o que puedan disminuir la fuerza y la agilidad de las manos, las extremidades, el tronco y el cuello. El texto pone el foco en que la limitación sea permanente.
El mismo apartado cita de forma expresa la escoliosis con limitación importante para la flexoextensión y la hernia discal. Si has tenido una lesión de rodilla, hombro o espalda, guarda tus informes médicos y consulta con tu traumatólogo cómo encaja tu caso. El dictamen final corresponde siempre al servicio médico del tribunal.
Otras exclusiones médicas para funcionario de prisiones
Corazón, pulmones, digestivo y riñón
Los apartados V a VIII recogen enfermedades concretas de órganos internos. Algunas se nombran de forma cerrada y otras dependen de su repercusión, como ocurre con las pulmonares. Esta es la lista del anexo III, agrupada por aparatos y apenas abreviada:
- Aparato digestivo: cirrosis hepática, enfermedad inflamatoria intestinal crónica y pancreatitis crónica.
- Aparato urinario: insuficiencia renal crónica.
- Aparato cardiovascular: insuficiencia cardiaca; haber padecido infarto de miocardio o coronariopatía; fibrilación auricular y síndrome de preexcitación; valvulopatías y prótesis valvulares; aneurismas de grandes vasos, e insuficiencias venosas periféricas con signos de alteraciones tróficas y varicosas.
- Aparato respiratorio: enfermedades pulmonares con repercusión en la función respiratoria.
Sistema nervioso, salud mental y otras causas
Los apartados IX y X recogen enfermedades neurológicas y psiquiátricas. Es un terreno delicado: muchos diagnósticos tienen grados muy distintos y el cuadro no entra en ellos. Si tienes antecedentes, lo más sensato es hablarlo con tu especialista antes de dedicar meses a la oposición. Esto es lo que excluye el anexo III:
- Sistema nervioso central: Parkinson, temblores crónicos, epilepsia, esclerosis múltiple y ataxia.
- Alteraciones psiquiátricas: esquizofrenia, trastorno bipolar, depresión mayor, crisis de pánico o de angustia y trastorno de estrés postraumático.
- Alteraciones de la personalidad (paranoide, esquizoide, antisocial o trastornos límite), trastornos afectivos y distimias.
El apartado XII añade una cláusula general para las hemopatías graves, las malformaciones congénitas u otras patologías que, a juicio del órgano de selección y previa propuesta del médico, impidan el trabajo. En cambio, no nombra el VIH, la diabetes, la celiaquía ni la psoriasis: el Acuerdo de 2018 ordenó eliminarlas como causas de exclusión en el empleo público, sujeto al dictamen del órgano facultativo.
Qué pasa en el reconocimiento médico de prisiones
Quién pasa al segundo ejercicio y cómo se califica
El reconocimiento es el segundo ejercicio de la fase de oposición y, como el primero, es eliminatorio. Solo llegan quienes superan las dos partes del examen escrito con mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas. En 2026 el primer ejercicio se celebra el 25 de octubre; tienes el detalle en la guía del examen de funcionario de prisiones: test, supuestos y nota.
Las pruebas se hacen en Madrid, bajo la supervisión del personal facultativo que designe el tribunal, en las dependencias que se anuncien con los resultados del primer ejercicio. Pueden ocupar varias sesiones, el tribunal puede pedir las pruebas clínicas o analíticas que considere oportunas y la calificación es apto o no apto: sin el apto no superas la oposición.
Si el número de aptos es inferior al de plazas, el tribunal puede citar al reconocimiento a más aspirantes que hayan superado las dos partes del primer ejercicio, por orden de puntuación y con los criterios de desempate. Por eso, aunque te quedes justo por debajo, sigue atento a los anuncios del tribunal.
Analíticas de sangre y orina
El apartado XI regula los controles analíticos de sangre y orina. Aquí cuentan los resultados de laboratorio y, si aparecen alteraciones, las pruebas complementarias que se hagan después. El cuadro recoge estos tres supuestos, que conviene leer con calma y sin alarmismo:
- Consumo de alcohol en grado de abuso que eleve las transaminasas (GOT, GPT y GGT) junto con el VCM por encima de los valores de referencia. Si aparecen esas alteraciones, se hacen pruebas complementarias.
- Sustancias tóxicas detectables, ellas o sus metabolitos, en el momento del reconocimiento: opiáceos, cannabis, cocaína, anfetaminas y metanfetaminas, psicodislépticos, benzodiacepinas y otras drogas de abuso.
- Medicación por prescripción facultativa que pueda interferir en la detección de drogas: obliga a presentar un informe médico oficial que justifique el tratamiento.
El tercer punto es puramente documental. Si sigues un tratamiento pautado por tu médico, pídele con tiempo ese informe oficial y preséntalo como indique el tribunal. Así el personal médico puede interpretar correctamente un resultado que, sin ese contexto, podría parecer una causa de exclusión.
Preparación guiada: del temario al apto médico
Qué conviene revisar antes de empezar
Prepararte con método no es solo estudiar el temario: también es comprobar al principio que ningún requisito te cierra la puerta al final. El cuadro médico se evalúa cuando ya has aprobado el examen, así que revisarlo meses antes te ahorra disgustos. Tienes el resto de requisitos y fases en la guía sobre cómo ser funcionario de prisiones: pasos, plazas y sueldo.
- Lee el anexo III completo en el BOE, no un resumen.
- Compara tus últimas pruebas de vista y oído con los umbrales y calcula tu IMC.
- Si tienes antecedentes médicos, consulta con tu médico y guarda los informes.
- Si tomas medicación prescrita, pide con tiempo el informe médico oficial.
- Sigue los anuncios del tribunal en la web del Ministerio del Interior.
Con esa revisión hecha, puedes centrar tu energía en el primer ejercicio, que es el que ordena a los aspirantes: 120 preguntas tipo test y ocho supuestos prácticos sobre un temario de 50 temas. Organizar el estudio por bloques, repasar con test y medir tu progreso con simulacros es lo que te permite llegar con margen.
Dónde prepararte en Salamanca
En Salamanca, en Academia CID, academia de preparación para oposiciones, preparamos las oposiciones a funcionario de prisiones en Salamanca en modalidad presencial y online, con un aula virtual disponible las 24 horas. Si tienes dudas sobre algún requisito de la convocatoria, consúltanos antes de empezar; en las cuestiones médicas, la última palabra la tiene siempre tu médico.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son las exclusiones médicas en la oposición de funcionario de prisiones?
Son las del anexo III de la convocatoria de 2026, ordenadas en doce apartados: visión, audición, aparato locomotor, endocrino, digestivo, urinario, cardiovascular, respiratorio, sistema nervioso central, alteraciones psiquiátricas, controles analíticos y otras causas. Las comprueba el personal médico que designa el tribunal en el segundo ejercicio, que se califica como apto o no apto.
¿Cuál es el IMC máximo para prisiones?
El cuadro excluye la obesidad con un IMC superior a 34 y la delgadez extrema con un IMC inferior a 18. El IMC es el peso en kilos dividido entre la estatura en metros al cuadrado. Con 1,75 metros, por ejemplo, superarías 34 por encima de unos 104 kilos. La convocatoria no fija estatura mínima.
¿Qué vista mínima se exige con gafas?
Con gafas o lentillas, la agudeza visual binocular no puede ser menor de 0,8. Pero también hay mínimos sin corrección: 0,33 con los dos ojos y 0,2 en el ojo que peor ve. Llevar gafas no excluye por sí mismo. Si no conoces tus valores, pídelos en tu próxima revisión oftalmológica.
¿Qué pasa en el reconocimiento médico de prisiones?
Es el segundo ejercicio y se hace en Madrid después del examen escrito, solo para quienes quedan con mejor nota hasta cubrir las plazas. El personal médico comprueba que no tienes ninguna causa del anexo III, con analítica de sangre y orina. Puede durar varias sesiones y el resultado es apto o no apto.
Fuentes oficiales
- Resolución de 14 de junio de 2026: convocatoria y anexo III (BOE de 18 de junio de 2026)
- Resolución de 5 de agosto de 2026: admitidos y fecha del primer ejercicio (BOE de 13 de agosto de 2026)
- Orden PCI/154/2019, causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público
- Real Decreto 326/2021, cuadro médico de la Policía Nacional (fórmula del IMC)
- Ministerio del Interior: Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, acceso libre
- Ministerio del Interior: cuadro de exclusiones médicas